Micelio
Auto23 de julio de 2025

A- de 2025

Ponente Lina Marcela Escobar Martínez

Demandante Londoño Gonzalez Jairo Y Otros·Demandado Municipio De Riosucio Caldas Y Otro

Tema · dato duro
Acción De Cumplimiento De Acto Administrativo Relacionado Con Temas Urbanísticos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Acciones de cumplimiento de actos administrativos relacionados con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 001 Civil del Circuito de Riosucio, Caldas, y el Tribunal Administrativo de Caldas, causado por una acción de cumplimiento presentada por unos ciudadanos, en contra del municipio de Riosucio, Caldas, la Secretaría de Planeación y Obras, la Inspección de Policía y una ciudadana, con el fin de que se ordene el cumplimiento del parágrafo 5 del Artículo 135 de la Ley 1801/16, se ordene y se garantice el cumplimiento efectivo de las órdenes de demolición de un inmueble, dadas en proceso policivo, por vulnerar disposiciones del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena refiere que la acción de cumplimiento busca, de la autoridad municipal, la ejecución de las órdenes relativas a la medida sancionatoria de demolición de obra, según el ordenamiento territorial y los usos del suelo, por lo que considera viable reiterar la regla de decisión del Auto 951/21, según la cual compete a la Jurisdicción Ordinaria Civil conocer de las acciones de cumplimiento cuando estas son dirigidas contra una entidad de naturaleza pública, como en este caso, o particulares en ejercicio de su función administrativa, cuando se pretenda el cumplimiento de deberes establecidos en la Ley 9/89 y la Ley 3ª/91, relacionadas con los planes de ordenamiento territorial y usos del suelo.

Ello en virtud del artículo 116 de la Ley 388/97 y el principio de especialidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado Juzgado 001 Civil del Circuito de Riosucio, Caldas, y el Tribunal Administrativo de Caldas, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda demanda de acción de cumplimiento interpuesta por las señoras Carmen Edilma Hoyos de Ramírez y Ruth María Marín, y el señor Jairo Londoño González, en contra del Municipio de Riosucio, Caldas, la Secretaría de Planeación y Obras, la Inspección de Policía y la señora María Ofelia Martínez Santa, corresponde al Juzgado 001 Civil del Circuito de Riosucio.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General REMITIR el expediente CJU 6495 al Juzgado 001 Civil del Circuito de Riosucio, Caldas, para lo de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.